Fue hace poco que se viralizó el video de una mujer echando a dos jóvenes de la orilla del Lago Budi en la Región de La Araucanía. Cuando pasó esto, se volvió a poner atención en la normativa que permite el acceso a playas, ríos y lagos.
Aunque la ley actual dicen que los dueños de propiedades privadas (casas, departamentos, terrenos, etc.) deben permitir el acceso a turistas y pescadores a estas áreas, todavía hay algunas cosas que necesitan aclararse.
El Dinamo habló con el abogado y docente de la Facultad de Derecho de la Universidad Central y la Universidad Andrés Bello, Francisco Talep sobre esta ley. El profesor explicó algunos puntos esenciales para evitar problemas a futuro.
Primero, hay que entender que ninguna playa de mar puede ser privada. El Código Civil dice específicamente que las playas son bienes nacionales de uso público. Esto significa que todos los habitantes del país pueden usar y disponer de ella y no se le puede prohibir el acceso.
¿Cuándo denunciar?
El abogado se refirió a la ley 1.939, en su artículo 13. Explicó que “los propietarios de terrenos colindantes con playas de mar, ríos o lagos, deberán facilitar gratuitamente el acceso a estos para fines turísticos y de pesca cuando no existan otras vías o caminos públicos al efecto, es aquí cuando se generan conflictos”.
La explicación de esto es que hay veces que los turistas y visitantes a veces terminan pasando por la propiedad de los dueños, ya que la vía que dejaron habilitada está muy lejos. «En esta instancia, el dueño o dueña tiene todo el derecho de negarle la pasada a quien quiera pasar por esa parte«, explicó el profesor.
“Asimismo, si yo como turista o pescador considero que es ilegítimo que esta persona me esté negando el paso, puedo hacer la denuncia al Ministerio de Bienes Nacionales respectivo”, anadió.
Aquí te explicamos como hacer la denuncia: accede al sitio oficial de Ministerio de Bienes Nacionales, ve a la parte de atención ciudadana, haz clic en realizar una «denuncia externa». Luego, aparecerá un botón que dice “denuncia aquí”.
El Ministerio de Bienes Nacionales debe mandar un inspector o fiscalizador que verifique si efectivamente hay una infracción. De esta manera, no es necesario tener mayores antecedentes para realizar la denuncia.
Señalización para encontrar la playa
Se tiene que delimitar con alguna señalética que diga explícitamente “playa”.
“Es en el caso del lago Villarrica y Pucón que cada cierto tramo del terreno hay un cartel que dice playa, es ahí donde está el acceso. Es por esto que no puedo ir a cualquier vivienda, tocar la puerta y pedir que me deje entrar por el living de su casa”, explicó Francisco Talep.
La ley dice que el dueño tiene que permitirle el paso a aquellos turistas o pescadores que quieran acceder, pero solo en el caso de que no exista otro acceso habilitado.
Según el abogado, para que no haya problemas, el Ministerio de Bienes Nacionales debería echarle un ojo a las reglas de acceso a esos lugares y ver si la gente común puede entrar. Así podrían dejar en claro antes del verano qué lugares están abiertos
Cobros de estacionamiento y de acceso
Si te dicen que debes dar acceso a la gente para llegar a la playa en tu propiedad, no se te permite cobrarles ni decirles que no pueden pasar.
Por otro lado, el profesor deja claro que sí se puede cobrar por estacionamiento y acceso, pero solo si no hay obligación de entregarlo.
Esto ocurre en los restaurantes de Viña del Mar y Concón, que son lugares con acceso a las playas, pero que no tienen la obligación de dar acceso. Es por eso que toman la oportunidad de cobrar por estacionamiento y dejan que la gente pase por ahí.