Ingreso Laboral de Emergencia: ¿puedo recibirlo si me pagan el Subsidio al Nuevo Empleo?
Muchos se deben estar preguntando si califican para el Ingreso Laboral de Emergencia (ILE) si reciben el otro. Aquí le explicamos todo.
Hace algunos días el Presidente Sebastián Piñera confirmó un nuevo beneficio estatal para los chilenos, se trata del Ingreso Laboral de Emergencia (ILE).
Este subsidio se entregará directamente a los/as trabajadores/as que tengan un nuevo contrato de trabajo, siempre que su Remuneración Mensual Bruta (RMB) no exceda los $1.011.000 (3 Ingresos Mínimos Mensuales).
La fecha de postulación para este beneficio está fijada para septiembre de 2021, y existirá un límite de postulación dependiendo del mes en cuestión. Aquí te dejamos el calendario:
- 1° de agosto y el 30 de septiembre: Septiembre
- Entre el 1° de septiembre y 31 de octubre: Octubre
- 1° de octubre y el 30 de noviembre: Noviembre
- Entre el 1° de noviembre y el 31 de diciembre: Diciembre
¿Cuáles son los requisitos para postular?
Para los trabajadores que quieran postular al Ingreso Laboral de Emergencia debe cumplir con dos requisitos. En primer lugar, tener una nueva relación laboral, con contrato de trabajo, iniciada a partir del 1 de agosto de 2021. Y por otro lado, tener una Remuneración Bruta Mensual de hasta $1.011.000 (3 IMM).
¿Qué pasa con los trabajadores que se emplearon formalmente antes de agosto de 2021, pueden acceder al IFE Laboral?
Sí, los trabajadores que se emplearon formalmente con un nuevo contrato de trabajo, iniciado a partir del 1° de abril de 2021, y que actualmente reciben el Subsidio al Nuevo Empleo, recibirán automáticamente los montos aumentados del subsidio por IFE Laboral a partir de septiembre 2021.
¿Qué se entiende por una “nueva relación laboral”?
Toda relación de trabajo dependiente y subordinado entre un trabajador y un empleador que se formaliza mediante un contrato de trabajo. Para los efectos de este subsidio, se entenderá que no existe una nueva relación laboral cuando un mismo trabajador y empleador han trabajado continuamente durante meses, y ya existe un contrato de trabajo formalizado. Para este efecto, al momento de la postulación al beneficio SENCE revisará las cotizaciones previsionales del trabajador de los 3 meses anteriores a la fecha de inicio del contrato.
Montos a pagar
Se distingue los montos según:
- Hombres mayores de 24 años: 50% de su Remuneración Bruta Mensual, con tope de$200.000 mensuales. 11 de agosto de 20212
- Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez: 60% de la Remuneración Bruta Mensual, con tope de $250.000 mensuales.
Plazo de otorgamiento
Se distingue entre los trabajadores que:
1. Actualmente reciben el Subsidio al Nuevo Empleo: se mantiene duración original del subsidio por hasta 6 meses:
- A partir del pago del mes de septiembre de 2021, el trabajador beneficiario recibirá el 50% o 60% de su Remuneración Bruta Mensual, con los topes de $200.000 o$250.000 mensual, según corresponda estas condiciones se mantienen hasta el pago del mes de diciembre de 2021.
- A partir del mes de enero de 2022 se restituirán las condiciones originales del beneficio en caso que el beneficiario tuviera derecho a pagos en enero y febrero de2022.
2. Los trabajadores dependientes que inicien una nueva relación laboral con contrato de trabajo, y que postulen al beneficio a partir de septiembre de 2021: Tendrán derecho al IFE Laboral por hasta 4 meses (el IFE Laboral finaliza en diciembre de 2021).