11 Feb, 2021. 12:42 hrs

¡Atención! Así se pide la postergación de pagos de dividendos

Desde el 15 de febrero se podrá solicitar la postergación de pagos de dividendos para la clase media a las entidades bancarias.


Debido a la pandemia del coronavirus, son muchas las familias las cuales no han podido hacer frente a los pagos de diferentes créditos, entre ellos el hipotecario. Es por esta razón que el pago de dividendo se podrá prorrogar.

Y es que a partir del 15 de febrero de 2021, las personas podrán pedir a las entidades bancarias «la postergación del cobro de cuotas de créditos hipotecarios con garantía estatal«, según informa el gobierno.

Este beneficio está en el Plan de Protección Clase Media que el gobierno ha impulsado como una ayuda para aquellos que han tenido dificultades económicas durante la pandemia.

«El gobierno llegó a un acuerdo con los bancos para crear un mecanismo que facilite la postergación de créditos hipotecarios, incorporando garantías estatales sobre cuotas postergadas», informan desde el ejecutivo.

Esto va a permitir que se puedan postergar seis cuotas del dividendo en un 100 porciento. Además, el fisco va a entregar un aporte estatal para estas cuotas.

«La garantía entregada por el Fisco está destinada a cubrir las cuotas postergadas en caso de incumplimiento y ejecución de la hipoteca, y tendrá una vigencia de 60 meses desde la postergación del crédito«, informó el gobierno.

¿Quiénes pueden cobrar el beneficio?

Las personas que pueden cobrar este beneficio, son aquellas jefas y jefes de hogar que demuestren una caída significativa de sus ingresos en los últimos meses.

Entre ellos también se incluyen aquellos que estén desempleados o que estén suspendidos y que reciban el Fondo solidario de cesantía.

Además, los trabajadores independientes también son parte de este grupo siempre y cuando demuestren una caída significativa de sus ingresos.

Aquí te dejamos los requisitos mínimos para poder acceder a este beneficio, que están publicados en la página Bonos del gobierno:

  • Que el sueldo haya disminuido en un 25%.
  • Que el crédito hipotecario haya sido contratado para adquirir la vivienda principal del deudor.
  • Primeras viviendas por un valor de hasta UF 10.000 (±UF 5.000 en avalúo fiscal), de acuerdo a la tasación original del crédito, lo que representa cerca de un 90% de las primeras viviendas.
  • Que la mora del pago del dividendo no sea superior a 30 días.

Para solicitar la postergación de cuotas, hay que ir al banco y solicitar el «crédito de postergación», el cual es paralelo al hipotecario y es válido por las seis cuotas. En este caso está exento de pagos de impuesto y contará con una garantía estatal FOGAPE y tendrá una duración máxima de cinco años.


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