30 Nov, 2020. 08:19 hrs

Mesas no constituidas: ¿Qué pasará con los vocales de mesa que no asistieron a las Primarias 2020?

Este domingo se realizaron las Primarias 2020, jornada que contó con una baja participación electoral, y una serie de reclamos


Este domingo se realizaron las Primarias 2020, jornada que contó con una baja participación electoral, y una serie de reclamos por las 1.068 mesas que no se constituyeron, y debido a esto los electores no pudieron emitir sus sufragios, surgieron varias críticas a la organización realizada por el Servicio Electoral (Servel), organismo que ya durante la tarde de este domingo anunció que recurrirá a la justicia para sancionar a los vocales que simplemente no llegaron a cumplir con sus funciones.

Y claro si bien es sabido que el voto es voluntario, la labor de vocal de mesa es obligatoria para los convocados, los que de no asistir se exponen a sanciones monetarias contempladas en el artículo 151 de la Ley 18.700 de Elecciones Populares y Escrutinios.

En total, de un universo de 21.281 mesas -de las cuales muchas fueron fusionadas, situación que no se podía hacer el mismo día de la elección- se logró constituir un total de 20.213 en todo el país.

¿Qué dice la ley sobre las sanciones?

Según la normativa, quienes no cumplen las funciones de vocal de mesa, o de miembro de colegio escrutador “sufrirán la pena de multa a beneficio unicipal de dos a ocho unidades tributarias mensuales, salvo que teniendo una excusa válida de las señaladas en el artículo 49, no hubiese podido presentarla oportunamente”.

Esto quiere decir que la sanción va desde poco más de $102 mil a los casi $409 mil, según lo que determine el juez de policía local que analice el caso cuando el vocal que no concurrió el día de la elección sea convocado a tribunales.

Si es su caso, y cree tener una excusa válida, deberá presentar la documentación pertinente cuando el tribunal lo llame a explicar las razones de su inasistencia.


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