Recientemente se informó que el Comité de Derechos Humanos de la ONU advirtió que los gobiernos no pueden utilizar el supuesto riesgo de desórdenes o violencia para impedir manifestaciones pacíficas. Por esto se publicó una interpretación jurídica del derecho humano a reunirse y manifestarse pacíficamente, sea de forma física o virtual, y enumeró las obligaciones de los Estados en este sentido.
Christof Heyns, uno de los miembros del Comité, explicó que cualquier restricción debe basarse en “una evaluación diferenciada e individualizada de la conducta de los participantes. Las restricciones generales para participar en una reunión pacífica no son apropiadas”.
“Las referencias generalizadas al orden y la seguridad pública o los riesgos potenciales sin especificar de violencia no son argumentos sólidos para prohibir las manifestaciones pacificas”, afirma el Comité, compuesto por 18 expertos independientes en derechos humanos.
Según el comité, los participantes tienen derecho a usar máscaras o cubrirse el rostro y los gobiernos no deben recabar su información personal ni amenazarlos o intimidarlos; así como tampoco deben bloquear internet ni cerrar sitios web para impedir la organización de manifestaciones.
La pandemia de Covid-19 constituye uno de los mayores desafíos a las manifestaciones con fines pacíficos. En medio de la crisis sanitaria, por ejemplo, hubo varias manifestaciones en Estados Unidos, a raíz de la muerte del afroamericano George Floyd a manos de la Policía, un crimen que dio nuevo pie al movimiento “Black Lives Matter”.
Las mayores restricciones y la mayor represión de ese movimiento ciudadano ocurrió con la justificación de que alentaba la violencia.