Este viernes el Servicio de Impuestos Internos (SII) confirmó que se extenderá el plazo hasta el lunes 6 de abril para presentar cuatro Declaraciones Juradas de Renta, las cuales cuentan con información sobre los regímenes tributarios vigentes hasta el 31 de diciembre de 2019.
Hay que destacar que en un comienzo ya se había prolongado el límite para este proceso, puesto que el original era hasta el 3 de abril, como medida de flexibilización tributaria para personas y PYME afectadas por el coronavirus Covid-19.
De esta forma, las cuatro Declaraciones Juradas son las siguientes:
-1923: Declaración Voluntaria 1923 Anual Sobre Renta Líquida Imponible.
-1924: Declaración Jurada anual sobre rentas y créditos correspondientes a propietarios, socios, comuneros o accionistas de sociedades acogidas al régimen de tributación simplificado de la letra A) del artículo 14 ter de la LIR.
-1940: Declaración jurada anual sobre retiros, remesas y/o dividendos distribuidos y créditos correspondientes efectuados por contribuyentes sujetos al régimen de la letra A) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta y sobre saldo de retiros en exceso.
-1943: Declaración Jurada Anual de contribuyentes acogidos a las normas de los artículos 14 letra C) N° 1 (Contabilidad Simplificada, planillas y contratos), 14 letra C) N° 2 y 34 (Renta presunta), de la Ley sobre Impuesto a la Renta.